El avance de la tecnología y la digitalización de las empresas ha difuminado la línea entre el tiempo de trabajo y el tiempo personal, lo que ha llevado a la creación de un protocolo de desconexión digital. El objetivo es garantizar el derecho de los trabajadores a disfrutar su tiempo de descanso y vacaciones, así como preservar su intimidad personal y familiar, independientemente de su jornada laboral.
En este sentido, el artículo 88 de la Ley 3/2018, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, establece que las empresas deben elaborar un protocolo de desconexión digital en consulta con los representantes de los trabajadores. Este protocolo define las formas de ejercer el derecho a la desconexión digital, así como las acciones de formación y sensibilización del personal sobre el uso adecuado de las herramientas tecnológicas.
Por lo tanto, el protocolo de desconexión digital es un documento que recopila las políticas internas de la organización y las medidas adoptadas para garantizar este derecho a todos los empleados.
¿QUIÉNES DEBEN TENER ESTE PROTOCOLO?
Todas las empresas que tengan empleados asalariados, sin importar su jornada laboral, tipo o modalidad de contrato, deben elaborar este protocolo.
¿QUÉ IMPLICA SU IMPLEMENTACIÓN?
El derecho a la desconexión digital implica que fuera de su horario laboral los empleados no tienen la obligación de responder a ninguna comunicación de su empleador. Durante los períodos de descanso, permisos y vacaciones, pueden desconectar los dispositivos electrónicos proporcionados por la empresa, excepto en casos excepcionales.
¿Cuál es la legislación que regula esta obligación?
No solo la Ley 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales exige la elaboración de un Protocolo de Desconexión Digital. El artículo 18 de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de Trabajo a Distancia, así como el artículo 20 Bis del Estatuto de los Trabajadores también regulan la necesidad de garantizar la intimidad de los trabajadores en relación con el entorno digital y la desconexión.
Además, dado que la violación de este derecho puede afectar la salud de los trabajadores, causando fatiga informática, hiperconectividad, entre otros problemas, es necesario tener en cuenta la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El artículo 16.2 de esta ley establece la obligación de la empresa de evaluar y gestionar todos los riesgos laborales, incluidos los psicosociales que pueden surgir si se está constantemente conectado al trabajo.