Registro de horas: cómo cumplirlo fácilmente

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El 12 de mayo entró finalmente en vigor la nueva medida aprobada por el Gobierno en relación al registro de horas de la jornada laboral. Te contamos lo que ha supuesto para las empresas las primeras horas con esta ley activa.

El Real Decreto 8/2019 ya incluye oficialmente el registro de horas trabajadas cada jornada en todas las empresas y sectores, sin distinción. Una medida muy polémica dentro del mundo empresarial, ya que tiene tantos detractores como personas a favor de su cumplimiento obligatorio.

Pero, ¿cuál es el objetivo por el que se ha implantado esta medida? De acuerdo con las declaraciones del Gobierno, esta medida se ha diseñado para solventar el abuso de horas extra trabajadas sin remunerar y así paliar parcialmente la precariedad laboral.

Los detractores se basan en que la ley hace más complicada la flexibilidad laboral por la necesidad de fichar. Para solucionar esta desventaja y hacer más cómodo el sistema tanto para empresas como para trabajadores, ya son muchas compañías las que han creado su propio sistema digital, a modo de app de escritorio y/o de Smartphone, tanto para uso interno como para uso libre.

Te recomendamos algunas, como Toggl y Teamwork, muy sencillas de usar, para que no te vuelvas loc@ buscando una solución. El registro o fichaje físico mediante formulario también está permitido si prefieres lo tradicional.

Para empresas especialmente grandes en las que se puede fichar electrónicamente a la entrada y salida de las instalaciones (que puede incluir más horas de trabajo que la realidad), se recomienda acordar y establecer qué momentos de la jornada computan y cuáles no. Hablamos de las pausas y de lo que cada convenio pueda establecer.

Hemos tenido dos meses para poder estandarizar y decidir el procedimiento que mejor se adapte a nuestras circunstancias. A partir de ahora, en caso de no cumplir la regulación, las empresas pueden arriesgarse a multas cuantiosas y/o a compensar a los trabajadores con horas o días de descanso o económicamente a precio de horas extra. En caso de inspección y para evitar estas consecuencias, además de cumplir con el registro de horas, la empresa debe conservarlo durante cuatro años.

Esperamos que te haya sido útil este artículo para aclarar tus dudas. Si necesitas asesoramiento sobre la gestión de los datos de tus trabajadores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.